La devolución de la fianza al finalizar un contrato de arrendamiento es uno de los aspectos más sensibles y, a menudo, controvertidos entre propietarios e inquilinos. Desde Mister Alquiler, en colaboración con el equipo jurídico de Lex Legal Abogados, abordamos en este reportaje los principales puntos legales y prácticos que deben tenerse en cuenta para una correcta y segura devolución de la fianza.

Marco legal y finalidad de la fianza
La fianza, regulada por la Ley de Arrendamientos Urbanos, garantiza que el inquilino cumpla sus obligaciones contractuales en un contrato de arrendamiento de vivienda.
En los contratos de vivienda habitual, esta fianza debe ser equivalente a una mensualidad de renta, mientras que en los arrendamientos de uso distinto del de vivienda puede ascender a dos mensualidades. Adicionalmente, el propietario puede requerir otras garantías complementarias, como depósitos adicionales o avales bancarios.

Condiciones para la devolución
El arrendador está obligado a devolver la fianza una vez finalizado el contrato, siempre que la vivienda haya sido entregada en condiciones aceptables, sin daños no atribuibles al uso normal, y se encuentren al día todos los pagos de suministros, rentas u otros gastos asumidos por el arrendatario.
Plazo legal para la devolución y consecuencias del incumplimiento
Según el artículo 36 de la LAU, el plazo para la devolución de la fianza es de un máximo de 30 días naturales desde la entrega de llaves.
Si no se devuelve ni se justifica la fianza, el propietario debe pagar intereses legales sobre la cantidad retenida tras el plazo.

Limitaciones en el uso de la fianza por parte del arrendador
Es importante recordar que el arrendador no puede aplicar la fianza de forma automática para cubrir mensualidades de renta pendientes sin un acuerdo previo. Si el inquilino deja de pagar y el propietario decide compensar con la fianza, debe realizar un cierre contractual ordenado y, en su caso, reclamar vía judicial las cantidades adeudadas que excedan la garantía depositada.
Acta de entrega e inspección de la vivienda
Para evitar conflictos, desde Mister Alquiler recomendamos realizar un acta de entrega de llaves con inventario actualizado, acompañado de una inspección detallada del estado de la vivienda. En este acta deben dejarse constancia de:
- El estado de los electrodomésticos y mobiliario
- Limpieza general
- Ausencia de daños en paredes, suelos, sanitarios o instalaciones
- Devolución de todos los juegos de llaves y mandos
- Justificantes del último pago de suministros (luz, agua, gas, Internet)

Deducciones justificadas y su documentación
Cuando el propietario detecta desperfectos imputables al inquilino, puede proceder a valorar el coste de reparación mediante presupuestos o facturas. En ese caso, está facultado para deducir dichas cantidades de la fianza, informando debidamente al arrendatario. No obstante, debe evitarse cualquier deducción arbitraria o carente de justificación documentada.
Advertencia legal sobre las retenciones indebidas
Desde Lex Legal Abogados advertimos que la jurisprudencia ha sancionado retenciones abusivas de fianza por considerarlas injustificadas o desproporcionadas, obligando al propietario a devolver la totalidad del importe junto con intereses y costas procesales. Por ello, la transparencia, la comunicación y la documentación detallada son esenciales.

Conclusión: una gestión profesional evita conflictos
Si no se devuelve ni se justifica la fianza, el propietario debe pagar intereses legales sobre la cantidad retenida tras el plazo.
Mister Alquiler, junto a Lex Legal Abogados, garantiza a sus clientes una gestión profesional, clara y conforme a derecho en todos sus arrendamientos, evitando conflictos innecesarios y asegurando la protección de propietarios e inquilinos por igual.