El contrato de mandato es una figura jurídica esencial en el derecho civil español, regulada en los artículos 1709 a 1739 del Código Civil. Este acuerdo permite que una persona (mandante) otorgue a otra (mandatario) la facultad de actuar en su nombre y representación en diversos asuntos, incluyendo la gestión de propiedades inmobiliarias.
Definición y Naturaleza del Mandato
Según el artículo 1709 del Código Civil, por el contrato de mandato se obliga una persona a prestar algún servicio o hacer alguna cosa, por cuenta o encargo de otra . Este contrato puede ser:
– Expreso o Tácito: El mandato expreso se otorga mediante instrumento público, privado o verbalmente, mientras que el tácito se deduce de las acciones del mandatario que implican la intención de obligarse .
– Gratuito u Oneroso: Por defecto, el mandato se presume gratuito, salvo que se pacte una retribución o que el mandatario se dedique profesionalmente a la actividad encomendada, en cuyo caso se presume la obligación de retribuirlo .
– General o Especial: El mandato general abarca todos los negocios del mandante, mientras que el especial se limita a uno o varios asuntos específicos .
Facultades del Mandatario en el Ámbito Inmobiliario
En el contexto de la gestión de bienes inmuebles, el mandatario puede realizar diversas acciones en nombre del propietario, siempre que estén claramente especificadas en el contrato de mandato. Las facultades más comunes incluyen:
– Actos de Administración: Estos comprenden la promoción y publicidad del inmueble, la organización de visitas con potenciales compradores o inquilinos, y la negociación de condiciones contractuales. Para estos actos, un mandato general suele ser suficiente.
– Actos de Riguroso Dominio: Para acciones como vender, hipotecar o realizar cualquier otro acto que implique la disposición del inmueble, es necesario un mandato expreso que autorice específicamente dichas operaciones .
Obligaciones del Mandatario
El mandatario tiene la obligación de:
– Cumplir el Mandato: Debe ejecutar las tareas encomendadas conforme a las instrucciones del mandante y, en ausencia de estas, actuar con la diligencia de un buen padre de familia .
– Rendir Cuentas: Está obligado a informar al mandante sobre las gestiones realizadas y entregar todo lo recibido en virtud del mandato .
– No Exceder los Límites del Mandato: No puede realizar acciones que sobrepasen las facultades otorgadas, a menos que resulten más beneficiosas para el mandante .
Extinción del Mandato
El mandato puede finalizar por diversas causas, entre ellas:
– Revocación por el Mandante: El mandante puede revocar el mandato en cualquier momento, salvo que se haya pactado lo contrario.
– Renuncia del Mandatario: El mandatario puede renunciar, pero debe notificarlo al mandante y continuar con la gestión hasta que este pueda tomar las medidas necesarias .
– Muerte o Incapacidad: El fallecimiento o incapacidad de cualquiera de las partes extingue el mandato.
Consideraciones Prácticas
Es fundamental que el contrato de mandato se redacte con precisión, detallando las facultades otorgadas al mandatario y las obligaciones de ambas partes. Esto garantiza una relación transparente y evita posibles conflictos. Además, en operaciones inmobiliarias de envergadura, es aconsejable que el mandato se formalice por escrito y, preferiblemente, en documento público, para asegurar su eficacia y oponibilidad frente a terceros.
En conclusión, el contrato de mandato es una herramienta jurídica versátil que permite a los propietarios delegar la gestión de sus bienes inmuebles a profesionales capacitados, asegurando así una administración eficiente y conforme a la legalidad vigente.
El despacho profesional inmobiliario Mister Alquiler destaca por su compromiso con la legalidad y la transparencia en la gestión de bienes inmuebles. Por ello, firma siempre contratos de mandato con los propietarios que delegan la administración, arrendamiento o venta de sus viviendas.
Este contrato, fundamentado en los artículos 1709 a 1739 del Código Civil español, formaliza la relación entre el propietario (mandante) y Mister Alquiler (mandatario), otorgando a la agencia las facultades necesarias para actuar en nombre y representación del propietario en las operaciones inmobiliarias correspondientes.
Ventajas de un contrato de mandato con Mister Alquiler
1.Seguridad jurídica:
Al formalizar un contrato de mandato, se define de forma clara y precisa cuáles son las obligaciones y facultades de Mister Alquiler. Esto incluye la administración de la propiedad, la búsqueda de inquilinos o compradores, la negociación de condiciones y, en casos específicos, la firma de contratos en nombre del propietario.
2. Ahorro de tiempo y recursos:
Los propietarios no necesitan involucrarse directamente en la gestión de su inmueble. Mister Alquiler, en virtud del mandato, puede realizar todas las gestiones necesarias, garantizando una administración eficiente y profesional.
3. Transparencia y rendición de cuentas:
Según la normativa, Mister Alquiler tiene la obligación de informar periódicamente al propietario sobre las actuaciones realizadas y los resultados obtenidos. Además, rinde cuentas detalladas de las operaciones efectuadas, asegurando la total transparencia en el proceso.
4. Gestión integral de la propiedad:
El contrato de mandato permite a Mister Alquiler ocuparse de todo lo necesario:
– Publicidad y promoción del inmueble.
– Organización de visitas.
– Negociación de contratos de arrendamiento o compraventa.
– Elaboración de contratos en nombre del propietario.
– Coordinación de pagos, cobros y, si procede, representación ante terceros.
5. Adaptabilidad y precisión:
El contrato puede ser general o especial, según las necesidades del propietario. Por ejemplo, para una operación puntual como la venta de un inmueble, se establece un mandato especial, mientras que para la gestión habitual de arrendamientos se puede otorgar un mandato general.
Compromiso de Mister Alquiler
En Mister Alquiler, entendemos la importancia de proteger el patrimonio de nuestros clientes. Por ello, actuamos siempre dentro de los límites establecidos en el contrato de mandato, asegurando una gestión eficiente y ajustada a derecho. Además, nuestra experiencia en el sector inmobiliario y el conocimiento actualizado de las normativas legales, como la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) y el Decreto 9/2024, nos permite garantizar un servicio profesional y de confianza.
La firma de un contrato de mandato con Mister Alquiler no solo asegura tranquilidad a los propietarios, sino que también constituye una garantía de que su propiedad será gestionada de forma diligente, eficaz y transparente.